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Cuba: MINAG flexibiliza regulaciones sanitarias

El Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) perteneciente al Ministerio de la Agricultura (MINAG) flexibiliza las regulaciones sanitarias especiales para la importación de alimentos de origen animal por viajeros y personas naturales.

1 agosto 2022
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Según la entidad las flexibilidades vienen dadas por el país donde fueron elaborados o producidos los mismos. Por tanto, la lista de países elegibles depende del país que se refleja en las etiquetas de los productos. Especificando que estas facilidades y la lista de países elegibles, pudieran modificarse en relación con cambios en la situación zoosanitaria de los países de origen, pudiendo estar sometidas a constantes cambios, los que serán actualizados sistemáticamente en la página web del Ministerio de la Agricultura de la República de Cuba.

Todos los productos arribarán envasados íntegramente, de marcas reconocidas y debidamente etiquetados, sin rotura en el embalaje.

Aquellos productos cuyo embalaje sufra alguna rotura o deterioro que pudiera vehiculizar agentes etiológicos causantes de enfermedades, serán decomisados e incinerados.

Para el caso de Cuba, la base legal que ampara estas regulaciones (debidamente armonizadas con las normas jurídicas internacionales) son el Decreto Ley 137 de 1993 “De la Medicina Veterinaria” y la Resolución 537 de 2020 del ministro de la Agricultura “Reglamento del Decreto Ley 137 De la Medicina Veterinaria”, publicadas en Gaceta Oficial No. 6 Ordinaria, de fecha 19 de abril de 1993 y en la Gaceta Oficial No. 11 Ordinaria, de fecha 29 de enero de 2021, respectivamente.

Prohibiciones absolutas de importación:

  1. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, con o sin huesos; vísceras comestibles; productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos.
  2. Cualquier producto o subproducto de origen animal con huesos.

Facilidades para la importación:

  1. Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos, porcinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay)
  2. Embutidos. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).

01 de agosto de 2022. | MINAG | Cuba.https://www.minag.gob.cu/noticias

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